Revista Producción
PRODUCCION Agroindustrial del NOA



USO DE HERBICIDAS:
EL DECRETO 1610/3
Y LA RECETA AGRONOMICA

MEDIDAS PARA EL EMPLEO DEL 2,4-D Y OTROS HERBICIDAS

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INTRODUCCION

Recientemente se firmó el decreto 1610/3 mediante el cual, se declara de venta restringida e ingreso controlado a la provincia de Tucumán a los siguientes herbicidas: 2,4-D formulado como éster, Picloran, Dicamba y 2,4-DB. También prohibe la aplicación aérea del 2,4-DB y de los ésteres del 2,4-D.
El decreto de referencia, se inserta en el contexto de la Ley 6291 (Agroquímicos) y realza la figura del Asesor Técnico, única persona que puede autorizar en Tucumán mediante la receta agronómica, la venta de estos herbicidas de comercialización restringida y que son de uso generalizado.
El presente artículo explica los motivos que originaron este decreto y el rol del asesor técnico. Se realizan también algunas recomendaciones a los productores para un mejor empleo de los herbicidas, para prevenir sanciones o medidas extremas tales como, la prohibición de venta de productos que dañen a cultivos de terceros.

SIGNIFICADO DE LA RESTRICCION

La Ley 6291 (art. 5º), califica a los fitoterápicos en dos clases: a) de venta libre y b) de venta restringida. En esta última clasificación se agrupaban todos los productos calificados toxicológicamente en las ex categorías A (extremadamente tóxico) y B (altamente tóxico), actualmente designadas 1a y1b respectivamente. Además autoriza (art. 4º), "para prohibir, limitar, restringir o suspender en el territorio de la provincia la introducción, fabricación, comercialización, aplicación, etc., de cualquier plaguicida", que a su juicio afectaren la producción, salud, ambiente y otros. Por otra parte en su art. 8º establece que el expendio de agroquímicos y plaguicidas de venta restringida se realizarán mediante la autorización escrita de un Asesor Técnico, redactada en una Receta Agronómica.
Los herbicidas ahora declarados de venta restringida, no pertenecen a las categorías toxicológicas citadas precedentemente. Su nueva calificación para la venta, se establece haciendo uso de una facultad otorgada por la ley y no se relaciona con un peligro para la salud humana, sino a los daños que provocaron en cultivos sensibles. A partir de esta medida, su venta, dosificación y sistema con que se los aplica, quedan sujetos a un control técnico.
Para poder confrontar los litros de producto vendido con receta, con los ingresados a la provincia, es necesario el control de la entrada de los mismos al territorio (a cargo de las barreras fitosani-tarias) y que los expendedores y grandes usuarios declaren las existencias de estos productos. Por ello tales consideraciones forman parte del nuevo decreto.

TOXICIDAD EN CULTIVOS

En la campaña agrícola 1996-1997 se recepcionaron en la Dirección de Agricultura denuncias de damnificados, por los daños ocurridos en sus cultivos provocados por herbicidas de diferentes tipos. En algunos casos se indicaba la proximidad del tratamiento, pero en otros (algodón) la sintomatología observada, característica de los efectos tóxicos del 2,4-D, no correspondía con aplicaciones realizadas en la vecinidad.
La característica de producir efectos tóxicos en vegetales sensibles y a distancias considerables del lugar donde fueron aplicados, es propia (pero no exclusiva) de los productos ahora restringidos debido a sus características volátiles.
La volatilidad involucra el paso del herbicida al estado gaseoso, desde el lugar donde se encuentre (abanico de pulverización, superficie de la hoja o del cultivo, suelo, tanque, etc.) hacia el ambiente.
Los factores que favorecen la volatilización de un producto son la temperatura y humedad del aire, tamaño de la gota, altura de la barra pulverizadora, y el viento. La facilidad para evaporarse constituye una característica de cada producto y puede variar según la formula-ción con que se lo fabrique.
Si el producto es volátil, se difunde por la atmósfera en cantidades pequeñas pero proporcionales al área tratada y a la ocurrencia de condiciones climáticas que favorecen su evaporación. El viento traslada a distancia estos gases, los que retornan al nivel del suelo disueltos en gotas de lluvia, nieblas, fijados en partículas de polvo o condensados en el rocío.
Siendo las corrientes de aire las determinantes del lugar donde se produce el retorno de un herbicida vaporizado, no resulta inverosímil encontrar referencias de ocurrencias de daños a distancias superiores a los 30 km. Los perímetros de protección (zonas de precaución) que se fijan (figuras 1 y 2), indican un área de mayor probabilidad para el nuevo contacto, pero no su límite extremo y no discriminan si corresponden a deriva o volatilidad. A partir de ese límite conviene que pensemos en prevenir algún accidente tóxico.
Si se produce o no, un daño en el área de retorno del herbicida volatilizado, dependerá de la cantidad de producto difundido en el aire (expresadas en partes por millón) y de la sensibilidad del vegetal que lo recepciona y absorbe, siendo ésta también variable según el estadio de crecimiento en que se ecuentre. De ahí que no todas las aplicaciones produzcan efectos tóxicos atribuibles a la volatilidad del herbicida.
El 2,4-D formulado como éster es muy volátil, en condiciones de clima y aplicación favorables para ello. En grado decreciente le siguen Picloran, Dicamba y 2,4-DB, pero con mayor actividad tóxica para ciertos vegetales. El algodón es un cultivo extremadamente susceptible a los efectos de los herbicidas citados. También hortalizas como pimiento, tomate, berenjena, zapallo, sandía, batata, etc., son afectadas por los vapores de aquellos, aunque no en grado similar al algodón. De ahí la necesidad de restringir la venta y controlar las aplicaciones de estos productos, atento al incremento de los casos que representaban la sintomatología de herbicidas hormonales y que eran denunciados como accidentes tóxicos en cultivos. En general, existe un incremento en el consumo de herbicidas en nuestra provincia y específicamente en el caso del 2,4-D, está rela-cionado con la incorporación de más de 70.000 has. de cultivos de granos con siembra directa donde se emplean sus ésteres para la realización de sus barbechos químicos. Estos tratamientos coinciden temporalmente con los controles de malezas con 2,4-D que se realizan en caña de azúcar, donde ahora en buena parte se utilizan sus ésteres y no la sal amina como se acostumbraba años atrás. Si agregamos su empleo en el manejo convencional del maíz, vemos que su uso es generalizado en casi toda la superficie agrícola de Tucumán configurándose así, un sistema con altas probabilidades de ocurrencia de casos de toxicidades ocasionadas por los productos ahora restringidos en su venta al productor.

DAÑOS POR DERIVA DE HERBICIDAS

El movimiento de la gota herbicida resultante de la pulveri-zación fuera del área donde se encuentra el objetivo buscado (maleza, cultivo, insecto, etc.) se denomina deriva y es favorecida por el viento, altura de la barra y tamaño de la gota.
La ocurrencia de daños por deriva de herbicidas es frecuente, aún en el mismo campo del productor, como consecuencia de la vecinidad de cultivos diferentes o estadios de crecimiento distintos para una misma especie.
Si se procede con prisa y sin tomar precauciones en la operación de pulverización y existe algún cultivo vecino sensible al herbicida aplicado, las probabilidades de que ocurra algún daño son altas. Resulta desgastante lograr una reparación económica por el daño sufrido. La noble intención de cultivar la tierra de ambas partes (damnificado y causante del accidente tóxico), se traslada al ámbito de estudios jurídicos y estrados judiciales. Es mejor prevenir que esto no ocurra.

PREVENCION DE FUGAS DE HERBICIDAS

Ningún productor pulveriza su cultivo para que el producto pase al campo del vecino, aunque sus efectos sean benéficos. Los resultados de su inversión los quiere en su campo y por ello los daños por herbicidas que ocurren en cultivos de terceros no son intencionales, sino descuidos sin justificación posible.
La recomendación básica desde los albores del desarrollo de los herbicidas, de suspender las pulverizaciones cuando la velocidad del viento, la humedad y la temperatura del aire no son convenientes, sigue en plena vigencia. El tamaño de la gota resultante de la pulverización tiene influencia en la deriva y volatiliza-ción. Ultimamente buscando una economía de agua no siempre necesaria, se utilizan boquillas con menores descargas por minuto, lo que nos ayuda con nuestro objetivo de minimizar los riesgos de accidentes. El desarrollo de contratistas pulverizadores terrestres en la provincia no fue proporcional al de sus pares aeroaplica-dores. El productor, en busca de menores costos, no desarrolla sistemas propios de pulverización y su capacidad operativa de siembra es menor que la de los obristas que realizan su barbechos químicos. SI los suelos pierden humedad hay que esperar la ocurrencia de una nueva lluvia y si ésta demora es posible que se deban repetir los tratamientos, contribuyendo de esta manera al incremento de la concentración de herbicidas hormonales difundidos en el aire.

APLICACIONES AEREAS

Es indiscutible que el sistema de aplicación aérea, favorece la deriva y la volatilización de los herbicidas ahora declarados de venta restringida y sobre el tema ya existían antecedentes similares en otras provincias.
Son muchas hectáreas en la provincia de Tucumán, en las que los agroquímicos se aplican con aviones. Como resultado de la competencia por trabajo de las empresas aeroaplicadoras, hasta los pequeños lotes que antes no eran considerados, hoy son pulverizados por este medio. La inserción de asesores técnicos en sus empresas es para ayudarles en el buen manejo de los productos fitoterápicos.

EL ROL DEL ASESOR TECNICO

Cuando se dice que el 2,4-D éster, 2,4-DB, Picloran y Dicamba a partir del decreto 1610/3 deben venderse con receta agronómica, no debe imaginarse una simple medida burocrática, destinada a crear un nuevo gasto. Esta medida tiende a formalizar una relación entre el técnico asesor y el productor para el manejo de algunos agroquímicos (sería deseable con todos), por cuanto éste recibe verbal y por escrito una serie de indicadores para el buen uso del herbicida sin que ello signifique necesariamente un costo adicional sin retorno.
La ley provincial de agroquími-cos prevé la inserción de profesionales capacitados en el manejo de estos productos en diferentes etapas del proceso de comercialización y aplicación.
Con la presencia de un asesor técnico con carácter obligatorio en los comercios y empresas contratistas de aplicación se pretende asistencia y advertencia al productor para evitar la realización de aplicaciones de agroquímicos en situaciones de riesgo o innecesarias y que afectan su economía y al ambiente.
La intervención del asesor técnico, no exime de responsabilidades por mal uso a quien emplea agroquímicos por cuenta propia o de terceros. Por eso hay que elegir técnicos con elevada responsabilidad profesional y escuchar atentamente sus recomendaciones. Si es posible, se debe tratar que repita sus consejos y advertencias ante el personal de campo encargado de las pulverizaciones.
Debe exigirse que la receta agronómica (que ya se vende a los asesores inscriptos) sea redactada con esmero. Si las mismas pasan directamente al archivo, para justificar el cumplimiento de normas a las que se considera inútiles, representará una derrota para todos los que de una forma u otra estamos involucrados con los agroquímicos en la provincia.

CONSIDERACIONES FINALES

En la búsqueda del empleo seguro y eficaz de los fitoterápicos, en la provincia de Tucumán, se dictan normas y se realizan controles, como así también cursos de capacitación para todas las personas involucradas con su comer-cialización, venta y aplicación.
Nadie que esté involucrado en el uso de agroquímicos puede decir que no hay más conocimientos que le sean necesarios y menos aún que no comparte el objetivo de la ley 6.291: "regular todas las acciones relacionadas con agroquímicos a fin de asegurar su correcta utilización para proteger la salud humana, animal y vegetal, mejorar la producción agropecuaria y reducir los riesgos para el medio ambiente".

Por Ing. Agr. Ignacio Olea
Sección Manejo de Malezas EEAOC
Revista Avance Agroindustrial
Nº 70 - Octubre 1997

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