Créditos: Financiamiento de deudas agropecuarias |
Atendiendo a las dificultades observadas en el sector agropecuario para la atención de las obligaciones asumidas y con el objeto de premiar a aquellos clientes que cumplen normalmente con el pago de los servicios financieros, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación -SAGPyA- informó recientemente que el Banco de la Nación Argentina -BNA- ha implementado una operatoria que permite reprogramar los vencimientos de sus clientes agropecuarios que se encuentren en situación 1 y 2 conforme a las normas del BCRA y que reúnan las siguientes características: 1. Registren deudas al 31 de Enero de 2000. 2. Se encuentren en situación 1 ó 2, conforme las normas vigentes del BCRA. 3. La deuda por todo concepto con el BNA no podrá superar los u$s 500.000, al 31/1/2000. Se excluyen los préstamos personales para consumo, los préstamos hipotecarios para la adquisición, ampliación o refacción de vivienda, las deudas con tarjetas de crédito (incluida Agronación), los préstamos coparticipados con otros organismos (BICE, FONTAR, CFI), honorarios y el pago del IVA sobre los intereses no vencidos. Contempla las deudas provenientes por préstamos de Cédulas Hipotecarias, tanto de las cuotas a vencer como de los servicios de amortización, renta y comisión vencidas e impagas, hayan sido refinanciadas o no. Precios históricos de la soja 1992/1999 La deuda por todo concepto se consolida a la fecha de formalización del acuerdo y convertida a dólares es refinanciada a 5 años de plazo. Tasa de interés Tasa activa de cartera general, durante el primer año será bonificada en 2 puntos porcentuales, los restantes regirá dicha tasa, variable en el tiempo. La bonificación del primer año quedará sin efecto en caso de mora. Amortización Capital: Se aplicará sistema alemán, en cuotas, trimestrales o semestrales, venciendo la primera a los 12 meses de formalizada la operación. Intereses: Los servicios de interés serán pagados en forma conjunta con la amortización de capital, no rigiendo para ellos la gracia, por lo que el primer servicio vencerá a los 90 o 180 días de formalizada la operación, según el régimen de amortización pactado. Garantías: Hipoteca en primer grado o en grados sucesivos si las anteriores son a favor del BNA, que cubra el 144% de la deuda financiada. Se mantendrán las demás garantías vigentes, con las adecuaciones para mantener su validez. Presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes vence el 31/3/2000. Mora del usuario: A los 60 días corridos a partir del incumplimiento de pago de los servicios de interés serealizará la ejecución de la deuda. Cancelación anticipada total o parcial: En cualquier momento, previo pago en efectivo de intereses, gastos y accesorios, podrá realizarse pagos parciales anticipados o cancelar su deuda por capital. |